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18 Jun 2024

Nuevas enmiendas a la serie de normas ISO sobre sistemas de gestión del cambio climático

Nuevas enmiendas a la serie de normas ISO sobre sistemas de gestión del cambio climático

En apoyo de la Declaración de Londres sobre el Cambio Climático de la Organización Internacional de Normalización (ISO), el 23 de febrero de 2024 se publicaron dos nuevas enmiendas que se añadirán a una serie de normas existentes sobre sistemas de gestión, y que se incluirán en todas las nuevas normas en fase de desarrollo/revisión, para abordar la necesidad de tener en cuenta el efecto del cambio climático en la capacidad de lograr los resultados previstos de un sistema de gestión.

Enmiendas (resaltadas en subrayadas):

4.1 Comprensión de la organización y su contexto

La organización debe determinar las cuestiones externas e internas que son pertinentes para su propósito y que afectan a su capacidad para lograr los resultados previstos de su sistema de gestión XXX.

Añadido: La organización debe determinar si el cambio climático es un asunto relevante.

4.2 Comprensión de las necesidades y expectativas de las partes interesadas

La organización debe determinar:

• Las partes interesadas que son pertinentes para el sistema de gestión XXX.
• Los requisitos pertinented de estas partes interesadas.
• Cuáles de estos requisitos se abordarán a través del sistema de gestión XXX.

Añadido: NOTA: Las partes interesadas pertinentes pueden tener requisitos relacionados con el cambio climático.

El IAF (International Accreditation Forum), y la ISO, creen que estos dos nuevos textos no deben tratarse como nuevos requisitos, sino como una aclaración a los requisitos existentes, tal y como se transcribe, traducido, de su comunicado conjunto:

«La intención general de los requisitos de las cláusulas 4.1 y 4.2 permanece inalterada; estas cláusulas ya incluyen la necesidad de que la organización considere todas las cuestiones internas y externas que puedan tener un impacto en la eficacia de su sistema de gestión; estas nuevas adiciones garantizan que el Cambio Climático se considera dentro del sistema de gestión y que es un factor externo lo suficientemente importante para nuestra comunidad como para exigir a las organizaciones que lo consideren ahora.»

En este sentido, no se emitirá ningún Plan de Transición ni Periodo de Transición, ni se emitirán Certificados indicando la Enmienda. Sin embargo, dado que las Enmiendas son de aplicación inmediata, ya deberían tenerse en cuenta en futuras auditorías.

Preguntas más frecuentes:

1. ¿Qué normas de sistemas de gestión se han modificado como parte de esta enmienda?

Al final de la publicación del «Comunicado conjunto IAF/ISO sobre la adición de consideraciones relativas al cambio climático a las normas de sistemas de gestión» figura una lista de las normas incluidas.

2. ¿Qué se espera de las organizaciones certificadas en relación con este cambio?

De acuerdo con el comunicado conjunto publicado por IAF e ISO «Expectativas sobre las organizaciones certificadas», las organizaciones certificadas deben garantizar que han considerado los aspectos y riesgos del cambio climático en el desarrollo, mantenimiento y eficacia de su(s) sistema(s) de gestión. El cambio climático debe determinarse como relevante o no y, en caso afirmativo, considerarse en la evaluación de riesgos dentro del alcance de las normas del sistema de gestión. Si una organización aplica más de un sistema de gestión (por ejemplo, gestión de la calidad y gestión de la salud y la seguridad en el trabajo), debe asegurarse de que el cambio climático, si se considera relevante, se tenga en cuenta dentro del alcance de cada norma del sistema de gestión. Para más información, consulte el documento proporcionado.

3. ¿Cuáles son las expectativas de APCER respecto a futuras auditorías en el marco de este cambio?

De acuerdo con el comunicado conjunto de IAF e ISO, punto «Expectativas sobre los organismos de certificación», los organismos de certificación ya deben garantizar que todos los asuntos internos y externos han sido determinados por la organización como relevantes o no y, en caso afirmativo, considerados en el desarrollo y eficacia del sistema o sistemas de gestión, tal y como exigen las cláusulas 4.1 y 4.2.

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