¿Cuál es el objetivo de la Directiva?
La Directiva sobre la diligencia debida en materia de sostenibilidad de las empresas tiene por objeto garantizar que las empresas europeas y no europeas con operaciones significativas en la Unión Europea identifiquen, prevengan, mitiguen y rindan cuentas de las repercusiones negativas en los ámbitos de los derechos humanos y el medio ambiente a lo largo de su cadena de valor. Incluye cuestiones como el trabajo infantil, el trabajo forzoso, la degradación medioambiental y la pérdida de biodiversidad.
¿A quién se aplica?
La aplicación de la Directiva se realiza de forma gradual y depende de criterios específicos:
- Grandes empresas de la UE con más de 500 empleados y 150 millones de euros de facturación global.
- Empresas de la UE de sectores de alto riesgo (como el textil, la agricultura y la minería) con más de 250 empleados y 40 millones de euros de facturación global.
- Empresas no europeas con ingresos superiores a 150 millones de euros en la UE y operaciones significativas en territorio europeo.
¿Cuáles son las principales obligaciones?
Las empresas cubiertas deben
- Identificar los riesgos en sus operaciones, cadenas de suministro y relaciones comerciales.
- Aplicar planes de mitigación y prevención que garanticen la eliminación o reducción de las repercusiones negativas.
- Supervisar continuamente sus cadenas de valor para evaluar el cumplimiento y la eficacia de las medidas adoptadas.
- Informar anualmente sobre sus prácticas de diligencia debida en materia de sostenibilidad.
- Ser objeto de sanciones (multas o sanciones administrativas) en caso de incumplimiento.
¿Qué plazos hay que tener en cuenta?
La propuesta actual prevé una aplicación escalonada para que las empresas puedan adaptarse gradualmente:
- 2025: Las grandes empresas de la UE con más de 500 empleados y 150 millones de euros de volumen de negocios global deberán cumplir las obligaciones de la Directiva DSCD.
- 2027: Las empresas medianas/grandes de la UE (más de 250 empleados y 40 millones de euros de volumen de negocios en sectores de alto riesgo) entran en el ámbito de aplicación de la Directiva.
- 2029: Las empresas no europeas con ingresos significativos en la Unión Europea (150 millones de euros o 40 millones de euros en sectores de alto riesgo) deben cumplir los requisitos.
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